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Registro A.I.E.R.H de Administradores de Inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal- Reglamento

Introducción

Visto la necesidad de generar una mayor confianza y fluidez en la relación entre los Administradores de Inmuebles profesionales y los consorcios de propietarios por ellos administrados y la comunidad en general.

Que también resulta prioritario establecer standars mínimos de calidad y ética en la prestación de servicios por parte de los Administradores de Inmuebles profesionales.

Que es preocupación constante de parte de A.I.E.R.H. la jerarquización del ejercicio profesional de la administración de inmuebles.
Considerando la importancia que para el desarrollo de lo expuesto tiene la publicidad de estos valores es que se crea el Registro A.I.E.R.H. de Administradores de Inmuebles el que se regirá conforme al presente reglamento

Artículo 1- Creación del Registro A.I.E.R.H de Administradores de Inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal.
Se crea el Registro de Administradores A.I.E.R.H., donde serán registrados todos los profesionales de la administración de inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.

Artículo 2- Requisitos
Son requisitos para integrar el Registro A.I.E.R.H. de Administradores de Inmuebles
1-Encontrase asociado a A.I.E.R.H.
2-Ejercer la administración en forma profesional con una antigüedad no menor a un año, o haber aprobado el Curso de Administración de Propiedades dictado en A.I.E.R.H.
3-Suscribir al Código de Ética para los Administradores de Inmuebles Registrados de A.I.E.R.H.
4-Adherir al Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, dependiente de la Secretaría de la Competencia la Desregulación y el Consumo del Ministerio de Economía de la Nación.
3-Encontrarse al día con sus obligaciones para con la A.I.E.R.H.
4-Abonar el arancel que la Comisión Directiva de A.I.E.R.H. determine

Artículo 3- Documentación
El administrador de inmuebles que solicite su anotación en el Registro de Administradores de Inmuebles de A.I.E.R.H. deberá acompañar junto con la solicitud correspondiente
1-Fotocopia de su D.N.I.
2-Constancia de Inscripción ante la A.F.I.P.
3-Acta de nombramiento en los consorcios que administra o
4-Certificado de aprobación del Curso de Administración de Propiedades extendido por A.I.E.R.H.


Artículo 4- Permanencia en el Registro
Para permanecer en el Registro de Administradores de Inmuebles A.I.E.R.H. deberá
1-Haber acudido en el año calendario por lo menos a dos talleres de trabajo o a una jornada de actualización profesional organizados por el Departamento capacitación de A.I.E.R.H
2-No haber incurrido en ninguna de las causales de suspensión reglamentadas en el Código de Etica para los Administradores de Inmuebles Registrados de A.I.E.R.H.
3-Abonar el arancel anual que la Comisión Directiva de A.I.E.R.H. determine.

Artículo 5- Publicidad
La Comisión Directiva de A.I.E.R.H. dará a conocer el listado completo de los Administradores de Inmuebles A.I.E.R.H. el que contendrá los datos de filiación de los Administradores de Inmuebles Registrados, los consorcios de propietarios por el administrados y los méritos o sanciones que el Administrador de Inmuebles Registrado pudiera merecer en el ejercicio profesional