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Registro A.I.E.R.H de Administradores de Inmuebles sometidos al Régimen
de Propiedad Horizontal- Reglamento
Introducción
Visto la necesidad de generar una mayor confianza
y fluidez en la relación entre los Administradores de Inmuebles profesionales
y los consorcios de propietarios por ellos administrados y la comunidad en general.
Que también resulta prioritario establecer
standars mínimos de calidad y ética en la prestación de
servicios por parte de los Administradores de Inmuebles profesionales.
Que es preocupación constante de parte de
A.I.E.R.H. la jerarquización del ejercicio profesional de la administración
de inmuebles.
Considerando la importancia que para el desarrollo de lo expuesto tiene la publicidad
de estos valores es que se crea el Registro A.I.E.R.H. de Administradores de
Inmuebles el que se regirá conforme al presente reglamento
Artículo 1- Creación del Registro
A.I.E.R.H de Administradores de Inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad
Horizontal.
Se crea el Registro de Administradores A.I.E.R.H., donde serán registrados
todos los profesionales de la administración de inmuebles que cumplan
con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Artículo 2- Requisitos
Son requisitos para integrar el Registro A.I.E.R.H. de Administradores de Inmuebles
1-Encontrase asociado a A.I.E.R.H.
2-Ejercer la administración en forma profesional con una antigüedad
no menor a un año, o haber aprobado el Curso de Administración
de Propiedades dictado en A.I.E.R.H.
3-Suscribir al Código de Ética para los Administradores de Inmuebles
Registrados de A.I.E.R.H.
4-Adherir al Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, dependiente de la Secretaría
de la Competencia la Desregulación y el Consumo del Ministerio de Economía
de la Nación.
3-Encontrarse al día con sus obligaciones para con la A.I.E.R.H.
4-Abonar el arancel que la Comisión Directiva de A.I.E.R.H. determine
Artículo 3- Documentación
El administrador de inmuebles que solicite su anotación en el Registro
de Administradores de Inmuebles de A.I.E.R.H. deberá acompañar
junto con la solicitud correspondiente
1-Fotocopia de su D.N.I.
2-Constancia de Inscripción ante la A.F.I.P.
3-Acta de nombramiento en los consorcios que administra o
4-Certificado de aprobación del Curso de Administración de Propiedades
extendido por A.I.E.R.H.
Artículo 4- Permanencia en el Registro
Para permanecer en el Registro de Administradores de Inmuebles A.I.E.R.H. deberá
1-Haber acudido en el año calendario por lo menos a dos talleres de trabajo
o a una jornada de actualización profesional organizados por el Departamento
capacitación de A.I.E.R.H
2-No haber incurrido en ninguna de las causales de suspensión reglamentadas
en el Código de Etica para los Administradores de Inmuebles Registrados
de A.I.E.R.H.
3-Abonar el arancel anual que la Comisión Directiva de A.I.E.R.H. determine.
Artículo 5- Publicidad
La Comisión Directiva de A.I.E.R.H. dará a conocer el listado completo
de los Administradores de Inmuebles A.I.E.R.H. el que contendrá los datos
de filiación de los Administradores de Inmuebles Registrados, los consorcios
de propietarios por el administrados y los méritos o sanciones que el Administrador
de Inmuebles Registrado pudiera merecer en el ejercicio profesional
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